Los amparos en materia laboral deben resolverse sin dilaciones que perjudiquen a los trabajadores
*El Pleno de la SCJN resolvió la contradicción de criterios 111/2025 suscitada entre dos Tribunales Colegiados.
*La Ministra Yasmín Esquivel Mossa presentó un proyecto en el que propuso que los amparos en materia laboral deben resolverse sin dilaciones que perjudiquen a los trabajadores.
Noel Alvarado
A propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un nuevo criterio que fortalece la protección de los trabajadores y evita prácticas dilatorias que puedan perjudicarlos en los juicios laborales.
Durante la sesión del Pleno, se resolvió la contradicción de criterios 111/2025, estableciendo que los Tribunales Colegiados deberán resolver en una misma sesión los amparos relacionados en materia laboral del trabajador y el patrón, aun cuando este último alegue haber sido indebidamente emplazado.
La Ministra Esquivel Mossa explicó que "la propuesta tiene como finalidad esencial respetar la garantía de impartición de justicia pronta, completa e imparcial, evitando que bajo el pretexto de un supuesto desconocimiento del juicio laboral la demanda de amparo directo patronal se remita a un juzgado de distrito, con la consecuente suspensión del amparo directo del trabajador, pues esto indudablemente causa un perjuicio a este último".
Con esto se busca proteger a los trabajadores que ya obtuvieron una sentencia favorable a acceder de manera pronta a las prestaciones que se les reconocieron en el laudo, sin romper con la equidad procesal entre las partes.
*El Pleno de la SCJN resolvió la contradicción de criterios 111/2025 suscitada entre dos Tribunales Colegiados.
*La Ministra Yasmín Esquivel Mossa presentó un proyecto en el que propuso que los amparos en materia laboral deben resolverse sin dilaciones que perjudiquen a los trabajadores.
Noel Alvarado
A propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un nuevo criterio que fortalece la protección de los trabajadores y evita prácticas dilatorias que puedan perjudicarlos en los juicios laborales.
Durante la sesión del Pleno, se resolvió la contradicción de criterios 111/2025, estableciendo que los Tribunales Colegiados deberán resolver en una misma sesión los amparos relacionados en materia laboral del trabajador y el patrón, aun cuando este último alegue haber sido indebidamente emplazado.
La Ministra Esquivel Mossa explicó que "la propuesta tiene como finalidad esencial respetar la garantía de impartición de justicia pronta, completa e imparcial, evitando que bajo el pretexto de un supuesto desconocimiento del juicio laboral la demanda de amparo directo patronal se remita a un juzgado de distrito, con la consecuente suspensión del amparo directo del trabajador, pues esto indudablemente causa un perjuicio a este último".
Con esto se busca proteger a los trabajadores que ya obtuvieron una sentencia favorable a acceder de manera pronta a las prestaciones que se les reconocieron en el laudo, sin romper con la equidad procesal entre las partes.
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